Visados y autorización de estancia para estudiantes
Generalmente, para realizar un intercambio Erasmus no se necesita visado de estudios, ya que los países participantes en el programa Erasmus+ o bien son miembros de la Unión Europea, o son Estados que pertenecen al Espacio Económico Europeo (como Noruega, Islandia o Liechtenstein) o tienen acuerdos de exención de visado (República de Macedonia del Norte, Serbia).
No obstante, para el caso de que vayas a realizar tu Erasmus en Turquía, tendrás que solicitar un visado de entrada en la Embajada turca en España, una vez que hayas sido admitido por la universidad de destino. Este visado te permitirá obtener con posterioridad el correspondiente permiso de estudios, que habrás de tramitar ante las autoridades turcas en el plazo de un mes desde tu llegada al país. También necesitarás registrarte en el Departamento de Extranjería más cercano a tu lugar de residencia.
Si eliges Noruega para tu movilidad Erasmus, no necesitarás permiso de estudiantes, pero si la estancia supera los tres meses, tendrás que registrarte en la página web de UDI y presentarte en una comisaría en Noruega antes de que hayan pasado los tres meses. Si vas a estudiar a Islandia por un periodo superior a tres meses, tendrás que obtener un permiso de residencia para estudiantes en la Dirección de Inmigración del país.
En el caso de estudios en Serbia o Macedonia, no será necesaria visado para estancias en el país inferiores a 90 días, pero sí si se supera este periodo. Para estudiar en Liechtenstein, si la estancia va a superar los 30 días, se aconseja inscribirse en el Consulado General de España en Zúrich.
Visado para otros países asociados al Erasmus
En ciertas acciones del programa Erasmus+ pueden participar también otros países asociados, tanto de Europa como del resto del mundo. Por ello habrá que analizar caso por caso si es necesario solicitar un visado de estudiantes antes de realizar un intercambio. Este documento permitirá al titular entrar, salir o permanecer legalmente durante un período de tiempo determinado en ese país. Si es tu caso, conviene que solicites el visado con antelación a tu viaje Erasmus, ya que el plazo de concesión variará dependiendo de cada país.
En la guía oficial del programa Erasmus+ enumeran los países asociados que pueden participar en alguna de las acciones del programa, entre ellos europeos como Suiza, Islas Feroe, Albania, Bosnia y Herzegovina o Kosovo, pero también del resto de regiones del mundo.
En el caso de que vayas a estudiar a alguno de esos terceros países, te recomendamos informarte en su Embajada o Consulado en España, o a través de su página web, si se requiere solicitar visado para estudiar en el país, qué tipo de visado en concreto y qué requisitos y documentos deben acompañar la solicitud. Normalmente habrá diferencias en el tipo de visado si se trata de una estancia corta de menos de 90 días o si supera los 90 días.
Visado para estudiantes extranjeros en España
Del mismo modo que sucede para los alumnos españoles cuando van de intercambio a otro país de la UE o del Espacio Económico Europeo (Noruega, Islandia y Liechtenstein), los estudiantes procedentes de países miembros de la Unión o del EEE no necesitan visado para estudiar en España. Sin embargo, si van a permanecer más de tres meses en el país, tendrán que solicitar ante las Comisarías de la Policía Nacional de la provincia en que vayan a residir su inscripción en el Registro Central de Extranjeros, que les permitirá acreditar su derecho de residencia en territorio español.
Tampoco necesitarán visado los estudiantes que procedan de determinados países, siempre que su estancia dure menos de 90 días. En este grupo se encuentran Estados europeos como Andorra, Mónaco, San Marino y la Santa Sede, y otros de América como Estados Unidos, Canadá, Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Uruguay y Venezuela. Si los estudiantes proceden de Australia, Brunei Darussalam, República de Corea, Israel, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, o Singapur tampoco necesitarán visado de estudios para periodos de intercambio inferiores a 90 días.
En cambio, si la estancia en España va a superar los 180 días, los estudiantes tienen que solicitar un visado de estudiante y, una vez en España, pedir una autorización de estancia por estudios, antes de que se cumplan 90 días desde su llegada. Si la estancia no supera los 180 días (pero sí los 90), no será necesaria la autorización de estancia por estudios.
Un tercer caso es para aquellos estudiantes que procedan de países que no se incluyan en el listado anterior. En ese caso, necesitan un visado de estudios antes de viajar a España, y una vez aquí, deberán solicitar la autorización de estancia por estudios antes de que hayan pasado 90 días desde su llegada.
En resumen, como norma general no necesitarás visado de estudios para realizar un intercambio Erasmus, pero si tu país de destino no es de la Unión Europea, infórmate en su Embajada de si vas a necesitar este documento.